20/4/13

Filosofia del derecho de Hegel - Sección Tercera: El Estado - C


C. —LA HISTORIA UNIVERSAL

§ 341
El elemento de la existencia del Espíritu universal que en el Arte es intuición e imagen, en la religión sentimiento y representación, en la filosofía pensamiento puro y libre, en la historia universal es la realidad espiritual en todo el ámbito de su interioridad y su exterioridad. La historia universal es un juicio, porque en su universalidad que es en sí y por sí, lo particular, los dioses lares, la sociedad civil y los espíritus nacionales en su variada realidad son sólo como algo ideal, y el movimiento del Espíritu en este elemento es mostrar ese algo ideal..
                                   § 342
Además, la historia universal no es el mero juicio de su poder, esto es, la necesidad abstracta e irracional de un ciego destino, sino puesto que él es razón en si y por sí, y el ser por sí de la razón en el espíritu, es saber; la historia es el despliegue —^necesario en base solamente al concepto de su libertad— de los momentos de la razón, de su conciencia de sí y de su libertad; es la exégesis y la realización del Espíritu universal.
§ 343
La historia del Espíritu es su producto porque el Espíritu es solamente lo que él produce y su hecho es hacerse aquí en cuanto espíritu, objeto de la propia conciencia; concebir, interpretándose a sí por sí mismo. Este concebir constituye su ser y su fundamento; y la realiza-ción de una comprensión es, a la vez, su enajenación y tránsito. El espíritu formalmente expresado, que concibe de nuevo esta comprensión y (lo que es igual) que llega en sí desde la enajenación, es el espíritu en grado más elevado frente a sí, de cómo él se encontraba en su primera comprensión.
La cuestión acerca de la 'perfectibilidad y la educación del género humano, se introduce en este momento. Aquellos que han sostenido esa perfectibilidad han adivinado algo de la naturaleza del Espíritu, de su condición de tener como ley de su ser el νωθι σεαυτὸν y de conocer lo que él es, que consiste en una forma más elevada de lo que constituye su ser. Pero, para los que recusan ese concepto, el Espíritu queda como una palabra vacía, así como la historia un juego superficial de las preocupaciones y pasiones accidentales, llamadas así simplemente humanas. Si, además, en las expresiones "providencia" y "plano de providencia" ellos manifiestan el pensamiento de un dominio más alto, aquéllas quedan como concepciones inacabadas, puesto que desahucian expresamente el plano de la providencia, como un algo incognoscible e ininteligible para ellos.
§ 344
Los Estados, los pueblos y los individuos, en esta tarea del Espíritu universal, se muestran en su determinado principio particular, que tiene su interpretación y realidad en su constitución y en toda la amplitud de su situación, de la cual tiene conciencia; y a cuyo interés entregados, ellos son, al mismo tiempo, instrumentos inconscientes y elementos de la labor interna en la cual estos aspectos desaparecen; pero el Espíritu, en sí y por sí, se apresta a pasar a su próximo momento más elevado y se elabora.
§ 345
La justicia y la virtud, lo injusto, la violencia y el vicio, las capacidades y sus productos, las pequeñas y las grandes pasiones, la culpabilidad y la inocencia, la magnificencia de la vida individual y del pueblo, la independencia, la felicidad y la infelicidad de los Estados y del pueblo, tienen su sentido y valor determinados en la esfera de la realidad consciente, y encuentran en ella su juicio y su justificación, aunque incompleta.
La historia universal deja aparte estos puntos de vista; en ella aquel momento necesario de la Idea del Espíritu universal, que es efectivamente su grado, alcanza su derecho absoluto; y el pueblo que vive en él y las acciones de ese pueblo, consiguen su realización, la felicidad y la gloria.
§ 346
Puesto que la historia es la producción del Espíritu en la forma del acaecer de la realidad natural inmediata, los momentos del desenvolvimiento existen como 'principios naturales inmediatos; y éstos, ya que son naturales, son como pluralidad, el uno externo al otro, y, además, de manera que uno de ellos concierne a un pueblo, es decir, a su existencia geográfica y antropológica.
§ 347
Al pueblo, a quien corresponde semejante momento como principio natural, le es confiada la realización del mismo en el avanzar de la conciencia de sí, que se despliega desde el Espíritu Universal. Este pueblo en la historia universal es, en esa época, el dominante: sólo puede hacer época en ella una vez (§ 346). Frente a su derecho absoluto, de ser guía en el presente momento del desarrollo del Espíritu Universal, los espíritus de los demás pueblos carecen de derecho y como aquellos cuya época ya ha pasado, no pesan más en la historia universal.
La historia particular de un pueblo comprendido en la historia universal, contiene en parte el desenvolvimiento de su principio desde su latente condición infantil hasta su florecer, en el cual, unido a su libre conciencia de si moral, se ensambla en la historia universal; y, en parte, encierra también el período de la decadencia y de la disolución; puesto que así se traza en él el relieve de un principio más elevado, como negativo de aquello que le es propio. De ese modo, se señala el tránsito del Espíritu a aquel principio, y de la historia universal a otro pueblo —^periodo a partir del cual aquel pueblo ha perdido el interés absoluto—, esto es, que entonces acoge en sí, también positivamente y se atribuye el principio más elevado; pero se comporta con él, como con algo que le ha sido transmitido, sin vivacidad y frescura inmanentes; quizás pierde su independencia, tal vez aún continúe o siga viviendo como Estado particular, o como círculo de Estados y se mezcle, acaso, en múltiples tentativas internas y en luchas externas.
§ 348
En la culminación de todas las acciones, también de aquellas de la historia del mundo, los individuos intervienen como la subjetividad que realiza lo sustancial (§ 279). En cuanto constituyen la vida del hecho sustancial del Espíritu universal directamente idénticos con aquél, tal culminación se oculta a ellos mismos y no es objeto ni fin (§ 344); también tiene ellos el honor de aquello y el reconocimiento, no en sus contemporáneos (allí) ni en la opinión pública de la posteridad; sino que, como subjetividades formales, sólo tienen en esa opinión su parte como gloria inmortal.
§ 349
Un pueblo no es aún un Estado, y el tránsito de la familia, de la horda, de una estirpe, de una multitud, etcétera, a la condición de Estado, constituye la realización formal de la Idea en general. Sin esa forma, al pueblo como sustancia moral, que es tal en si, le falta la objetividad de tener en las leyes, como determinaciones pensadas, una existencia universal y válida universalmente para sí y para los otros, y, por lo tanto, no es reconocido; su independencia, en cuanto carece de legalidad objetiva y de racionalidad firme por sí, es solamente formal y, por eso, no es soberanía.
También en la interpretación vulgar, un Estado patriarcal no se asigna constitución, ni se llama Estado a un pueblo en esa condición ni soberanía a su independencia. Antes del comienzo de la historia real se manifiesta, por un lado, la inocencia desinteresada, obtusa, y por otro, el valor militar de la lucha formal por el reconocimiento y de la venganza (§ 331).
§ 350
Resaltar en las determinaciones legales y en las instituciones objetivas que provienen del matrimonio y de la agricultura (§ 203), es el derecho absoluto de la Idea, sea que la forma de su realización aparezca como legislación y beneficios divinos, o como violencia e injusticia; este derecho constituye el derecho de los héroes en la instauración de los Estados.
§ 351
Por la misma determinación, sucede que naciones cultas consideren y traten a otras, que están más atrasadas en los momentos sustanciales del Estado (los pueblos pastores, cazadores, agricultores, etcétera), como bárbaras, con la conciencia de un derecho desigual, y su autonomía es considerada como algo formal.
En las guerras y en las contiendas, que surgen en tales relaciones, el momento en el cual ellas van a la lucha por el reconocimiento con relación a un determinado valor intrínseco, constituye el instante que les proporciona un significado para la historia del mundo.
§ 352
Las ideas concretas, los espíritus nacionales, tienen su verdad y determinación en la Idea concreta, así como ésta es la universalidad absoluta en el espíritu universal, en torno al
cual aquéllas son como los ejecutores de su realización y como testimonio y ornamento de su magnificencia.
Pues que el espíritu universal, como tal espíritu solamente es el movimiento de su actividad, de saberse absoluto y de liberar a su conciencia de la forma de la contigüidad natural y llegar a sí mismo; los principios de las formaciones de esta conciencia de sí en el proceso de su emancipación, los elementos predominantes o dominios de la historia universal, son cuatro.
§ 353
El primero, como revelación inmediata, tiene por fundamento a la forma del espíritu sustancial, como identidad, en la cual la individualidad permanece sumergida en su esencia y por sí indecisa.
El segundo principio es el saber del Espíritu sustancial, de suerte que él constituye el contenido y el cumplimiento efectivo, el ser por sí, y en cuanto forma viviente del mismo, la hermosa individualidad moral.
El tercero es el abandonamiento en sí mismo del ser por sí, que es consciente, a la universalidad abstracta y antítesis infinita, frente a la objetividad, igualmente abandonada por el Espíritu.
El cuarto principio es la mutación de esa antítesis del Espíritu, para acoger en su interioridad a su verdad y esencia concreta y ser íntimo y reconciliado en la objetividad; y puesto que este Espíritu vuelto a la primera sustancialidad es aquel que ha retomado desde la antítesis infinita, esto es, de producir y de saber ésta su verdad como pensamiento y como mundo de la realidad legal.
§ 354
Según estos cuatro principios, los dominios de la historia universal son: 1º, el oriental; 2º, el griego; 3º, el romano; 4º, el germánico.


El Mundo Oriental
§ 355
Este primer mundo constituye la intuición universal, que deriva de la totalidad natural patriarcal, en sí indivisa, sustancial, en la que el gobierno del mundo es teocracia, el soberano también es Sumo Sacerdote o Dios, la constitución del Estado y la legislación son a la vez religión, así como los preceptos religiosos y morales, o mejor dicho, sus prácticas, son igualmente leyes del Estado y del derecho.
En la magnificencia de esa totalidad, la personalidad individual sin derecho perece; la naturaleza exterior es directamente divina, o un adorno de Dios, y la historia de la realidad es poesía.
Las diferencias, desplegándose según los distintos aspectos de las costumbres y del gobierno del Estado, vienen a ser en lugar de las leyes, a pesar de la simple práctica, ceremonias serias, minuciosas y supersticiosas: accidentalidad de un poder personal y de un dominio arbitrario; y la organización en clases se convierte en uniformidad natural de castas. El Estado oriental es vivo solamente en su movimiento que —porque en él mismo nada es estable y lo que es constante está anquilosado—, avanza hacia el exterior y se transforma en furia y devastación primaria; la quietud interna es vida privada e inmersión en la debilidad y en la languidez.
El momento de la espiritualidad todavía sustancial, natural, en la formación del Estado —que, en cuanto forma, constituye en la historia de cada Estado el punto de partida absoluto—, se pone de relieve y se demuestra en los Estados particulares históricamente y, a la vez con profundo sentido y enseñanza, en la obra: De la caída de los Estados naturales, Berlín, 1812, del doctor Stuhr; con él, ha sido abierta una vía para la consideración racional de la historia de la constitución y de la historia en general.
El principio de la subjetividad y de la libertad consciente de sí es demostrado allí en la nación germánica; y aunque el tratado sólo llega hasta la caída de los Estados de natura, ese principio ha sido desarrollado hasta donde, en parte, aparece como inquieta movilidad, arbitrio humano y destrucción; y, en parte, en su forma particular como sentimiento, y no ha sido desenvuelto hasta la objetividad de la sustancialidad consciente de si, hasta la legalidad orgánica.

2. El Mundo Griego
§ 356
Este mundo tiene como base la unidad sustancial de lo finito y de lo infinito, pero solamente como fundamento misterioso, reprimido en el recuerdo embotado, en los antros e imaginaciones de la tradición, que asomándose, desde el espíritu que se diferencia, a la espiritualidad individual y a la luz del saber, es atemperada y se transfigura en belleza y en ética libre y serena.

En esta determinación surge el principio de la individualidad personal, en cuanto aún no está encerrada en sí, sino mantenida en su unidad ideal; en parte, la totalidad se fracciona en un ámbito de particulares espíritus nacionales, y en parte, la decisión final de la voluntad no está colocada todavía por un lado, en la subjetividad de la conciencia de sí que es por sí, sino en un poder que esté más elevado y fuera de la misma (§ 279), y por otro, la particularidad perteneciente a la necesidad aún no está comprendida en la libertad, sino excluida en un estado de esclavitud.
3. El Mundo Romano
§ 357
En este mundo la diferenciación se cumple en un infinito desgarramiento de la vida moral, en los extremos de la conciencia de sí, privada, personal y de la universalidad abstracta. La oposición, derivada de la intuición sustancial de una aristocracia, frente al principio de la personalidad libre en la forma de la democracia, se despliega en aquel aspecto, como superstición y afirmación de potencia fría y ávida; y desde otro, como corrupción de una plebe; y la disolución de la totalidad tiene término en la infelicidad universal, en la muerte de la vida ética, en la cual las individualidades nacionales perecen en la unidad de un panteón y todos los individuos se rebajan a personas privadas y a iguales en un derecho formal; oposición que mantiene unido solamente a un arbitrio abstracto que se arroja en lo monstruoso.

4. El Mundo Germánico
§ 358
De esta rutina de sí y de su mundo y del infinito dolor del mismo, como el que tuvo que experimentar el pueblo israelita, el Espíritu reprimido en sí en el extremo de la negación absoluta, en el momento crítico que es en sí y por sí, comprende lo positivo infinito de su interioridad, el principio de la unidad de la naturaleza divina y humana, la reconciliación de la verdad objetiva y de la libertad aparecida dentro de la conciencia de sí y de la subjetividad; reconciliación cuyo cumplimiento es asignado al principio nórdico de los pueblos germánicos.
§ 359
La interioridad del principio, como conciliación y resolución aún abstractas, presentes en el sentimiento como fe, amor y esperanza, de todas las antítesis, despliega su contenido para elevarlo a una realidad y racionalidad consciente de sí, a un reino mundano, que surge del corazón, de la fidelidad y de la asociación de los libres que, en ésta su subjetividad, igualmente es reino del arbitrio torpe, que es por sí, y de la barbarie de las costumbres —frente a un mundo del más allá, frente a un reino del entendimiento cuyo contenido es, por cierto, aquella verdad de su espíritu—; pero, como aún no pensado, se enreda en la barbarie de la representación, y, en cuanto poder espiritual sobre el ánimo real, se condice frente al mismo como poder terrible y no libre.
§ 360
Puesto que —en la ruda lucha de estos dominios que se dan en antítesis, la que ha adquirido aquí su oposición absoluta, y arraigados, a la vez, en una sola unidad y en una idea— la espiritualidad rebaja la existencia de su cielo a algo que se encontrase en el más acá terrestre, y a una mundanidad vulgar, en la realidad y en la representación; contrariamente la mundanidad desenvuelve su ser abstracto por sí a pensamiento y a principio de ser racional y de saber, a racionalidad del derecho y de la ley; la antítesis en sí desaparece en una apariencia sin huella; la actualidad ha deshojado su barbarie y su arbitrariedad injusta y la verdad, su más allá y poder accidental. De suerte que ha sucedido objetivamente la verdadera conciliación que despliega el Estado a la representación y a la realidad de la razón; en la cual la conciencia de sí encuentra la realidad de su saber y querer sustancial en el desenvolvimiento orgánico, así como en la religión el sentimiento y la representación de ésta su verdad como esencialidad ideal; pero en el saber halla al libre conocimiento comprensivo de esta verdad, en cuanto es una misma en sus manifestaciones que se completan en el Estado, en la Naturaleza y en el Mundo ideal.

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